En la segunda sesión pública del Tribunal Estatal Electoral (TEE), los magistrados decidieron, por unanimidad, desestimar la impugnación presentada por Luis Carlos Monge, aspirante a persona juzgadora del Poder Judicial del Estado, debido al incumplimiento de los plazos establecidos en la Ley Electoral Reglamentaria, lo que dejó sin efecto su solicitud.
El caso fue iniciado bajo el marco de la Protección de los Derechos Políticos y Electorales de la Ciudadanía, en el que Carlos Monge no pudo registrarse para participar en el proceso electoral extraordinario debido a una presunta omisión involuntaria y causas fuera de su control, lo que resultó en que no pudiera ser considerado para contender como juez de primera instancia en materia laboral del Distrito Judicial Morelos y presentar su demanda contra los Comités de Evaluación de los tres Poderes de Gobierno.
En ese sentido, el magistrado presidente del Tribunal Estatal Electoral, Hugo Molina, aclaró que la queja presentada por Monge fue desechada, ya que no existió omisión por parte de los comités, debido a que la ley establece un plazo de cuatro días para impugnar después de recibir información sobre el estado del proceso, mientras que en este caso la queja fue presentada 11 días después de que el demandante tuvo conocimiento del problema.
