El Tribunal Estatal Electoral advirtió que aspirantes a cargos públicos han encontrado mecanismos dentro de la ley para promover su imagen sin caer formalmente en actos anticipados de campaña, aunque para la ciudadanía estos mensajes pueden interpretarse como proselitismo, la autoridad está obligada a resolver conforme a lo que establece la normativa vigente y los criterios jurisdiccionales aplicables.
El presidente Hugo Molina, señaló como ejemplo, el uso de espectaculares donde aparecen rostros de aspirantes bajo la supuesta promoción de un medio de comunicación. Detalló que, legalmente, estos anuncios pueden considerarse publicidad del periódico que paga el espacio, lo que complica acreditar una infracción electoral. De igual forma, mencionó el caso de bardas con nombres sin un llamado explícito al voto, lo que permite a actores políticos evadir sanciones pese a la evidente intención de posicionamiento.

Ante este panorama, el magistrado reiteró el llamado a legisladores para reformar la ley electoral y cerrar los vacíos que permiten estas prácticas. Subrayó que, mientras no haya cambios, el Tribunal deberá analizar cada caso a detalle, considerando elementos como contenido, contexto y permisos, para determinar si existen actos anticipados de campaña, especialmente cuando haya llamados explícitos al voto antes del inicio del proceso electoral.


