El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley del Agua de Chihuahua para establecer que los medidores utilizados en la prestación del servicio deben cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

El dictamen fue presentado por Pedro Torres Estrada, integrante de la Comisión de Agua, y contempla modificaciones al artículo 34 de la legislación estatal. La reforma señala que solo podrán instalarse aparatos medidores que cumplan con las normas correspondientes y establece que, cuando un organismo operador no reciba el pago del servicio durante 90 días, podrá realizar una inspección al inmueble para verificar su ocupación y la correcta conexión.
La modificación también determina que, cuando sea necesario sustituir un medidor que no cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas, el costo adicional deberá ser absorbido por el organismo operador, ya sea estatal o municipal, que haya incumplido con la normativa, por lo que el gasto no podrá trasladarse al usuario


